Muchos de los problemas que nos aquejan socialmente se hacen visibles cuando son reseñados en la prensa de nuestro país. Cada vez más son los casos de abuso sexual infantil reportados y, a su vez, presentados en los distintos medios de comunicación. Estos niños son parte de un núcleo familiar, de una comunidad escolar y de un sistema responsable de velar por su seguridad y bienestar físico, psicológico y emocional. Cuando ocurre un evento de esta índole, todo a su alrededor parece colapsar.
La identificación temprana es una de las mejores herramientas para intervenir a tiempo en estos casos. Es importante prestar atención a los indicadores físicos, emocionales y conductuales que presente el/la menor. Estos pueden ser, pero no se limitan a: curiosidad excesiva por el sexo, conocimiento excesivo sobre la sexualidad y no adecuada para su etapa de desarrollo, aislamiento social, conductas sexualizadas con compañeros de su clase, miedo, tristeza, ansiedad, problemas de aprendizaje, problemas físicos o médicos como enfermedades de transmisión sexual, infecciones recurrentes, dolor al caminar, entre otros. Cabe señalar que algunos de los indicadores por sí solos no son concluyente de un abuso sexual pero permite estar alerta y tomar acción ante estas conductas poco esperadas. Ante esto, una recomendación a evaluación médica es pertinente para auscultar el área física. Es menester hacer la aclaración que el abuso puede no haberse dado mediante penetración por lo que también es necesario reconocer los cambios emocionales y conductuales.
El abuso sexual en sí, constituye una amenaza a la estabilidad mental, física y emocional de un menor y su impacto se ve reflejado en todos los sistemas en los cuales el niño se desenvuelve y se desarrolla. Muchas veces ante una sospecha o conocimiento de abuso sexual, muchos padres no saben qué hacer o a dónde acudir. La ley 246, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” aprobada el 14 de diciembre de 2011, es clara al establecer que existe una responsabilidad del Estado de asegurarle a ese menor su bienestar y seguridad (Articulo 13). El Estado debe asegurarse que el menor esté protegido ya sea si se tiene conocimiento o se sospecha que un menor está en riesgo de sufrir algún daño. (Ley 246, 2003). Por tanto, es importante que ante un caso de abuso sexual o sospecha, se lleve a cabo los pasos necesarios para referirilo a las autoridades perinentes, de manera tal que se garantice la seguridad inmediata de ese menor.
Posterior a la querella, no se recomienda que se le bombardee al menor con preguntas sobre el evento durante el proceso investigativo ya que esto pudiera afectar dicho proceso. Documente todo lo que lleve a cabo incluyendo la información de la persona que toma el referido y el número de querella. De igual forma, es importante crear expectativas reales. Esto incluye que tanto la menor como la familia va a estar inmersa en un proceso legal que conlleva tiempo, múltiples entrevistas y la estabilidad familiar y económica se podría ver trastocada, especialmente si el alegado/a agresor/a guarda un vínculo consanguíneo o emocional con la víctima y sus familias. De igual forma, se debe orientar y estar claro que de no llevar a cabo el debido referido podría incurrir en negligencia por parte de los adultos a cargo del menor. Una vez concluida la investigación pericial, es importante comenzar un proceso de ayuda psicológica que permita reestablecer, en la medida que sea posible, la estabilidad emocional del/a menor de modo tal que alcance la resiliencia.
Recursos de la Comunidad:
- Centro de Ayuda a Víctimas de Violación (787) 765- 2285 y línea libre de costo 1-800- 981-5721.
- PAF: Programa para Víctimas de Abuso Sexual y sus Familias (Universidad Carlos Albizu) San Juan, teléfono (787) 724- 2222, 2227, 2253. Referidos por el Departamento de Familia
- División de Delitos Sexuales (787) 269-2030, (787) 269-2424
4117, 4118, 4119, 4876. - Emergencias Sociales (787)749-1333
Por: La Dra. Rebecca M. López Bobbins es psicóloga escolar certificada en abuso sexual. Además es profesora y supervisora de práctica en la Universidad Carlos Albizu y Universidad Interamericana de PR.
Tél. (787)762-6999/ Correo electrónico r.lopezbobonis@gmail.com
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/ Comité de Prevención de Violencia – Asociación de Psicología de Puerto Rico